Proyecto de Ley propone modificar la Ley Nº 18.566 de Negociación Colectiva
La propuesta del Poder Ejecutivo procura contemplar con observaciones de la Organización Internacional de Trabajo al Uruguay.
La Ley Nº 18.566 regula las condiciones de negociación colectiva que deben darse en la actividad privada, incluyendo una regulación del convenio colectivo bipartito o típico, por un lado, y la modificación de la Ley de Consejos de Salarios, por otro.
Luego de su promulgación, la Cámara de Industrias y la Cámara de Comercio y Servicios, junto con la Organización Internacional de Empleadores, elevaron una queja ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), planteando que varias disposiciones de la mencionada ley no estaban alineadas con normas de la OIT que habían sido ratificadas por el Uruguay.
El Comité de Libertad Sindical de la OIT se pronunció en el año 2010, en el 356º informe (caso nº 2699), recomendando al Gobierno del Uruguay la modificación de la ley. Desde entonces, además del referido Comité se pronunciaron la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo y hasta en la propia Conferencia Internacional del Trabajo.
El cuestionamiento principal radica en que la Ley Nº 18.566 atenta contra el carácter libre y voluntario de la negociación colectiva, regulado en el convenio internacional de trabajo Nº 98.
En términos generales, se entiende que la ley cuestionada obliga negociar ciertos temas, con ciertos sujetos y de ciertas formas, cuando a la luz del mencionado convenio, son los actores sociales (organizaciones profesionales o trabajadores y empleadores) los que deben optar por negociar esos temas con quien consideren y con libertad.
En ese contexto, el día de ayer trascendió un proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se propone modificar la ley y cumplir con las observaciones de la OIT.
En el siguiente esquema proponemos un resumen de las normas en juego, de las observaciones de la OIT y de lo que propone el Poder Ejecutivo en el mencionado proyecto.